Las niñas, niños y adolescentes, el presente de México

En opinión de Carlos Iván Arenas Ángeles

Las niñas, niños y adolescentes, el presente de México

"No hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y el desarrollo del niño, de quien dependen la supervivencia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana"[1]

 

En el mes de la niñez, nos damos cuenta que hoy en día las niñas, niños y adolescentes siguen siendo uno de los grupos vulnerables no solo en México si no en todo el mundo.

Es así que para ello, México busca garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes, a través del artículo 4 del Pacto Federal, en el cual se establece como obligación de todas las autoridades que tengan intervención en asuntos donde se involucren menores de edad, el ejercer sus atribuciones siempre en estricto apego al interés superior del niño, para garantizar el máximo desarrollo.

Así, este principio –interés superior del menor-, radica en garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las y los menores de edad, sirviendo como criterio rector para garantizar su pleno desarrollo y con esto elaborar leyes y fomentar su aplicación.

En la función jurisdiccional, este principio, es un criterio orientador para interpretar cualquier norma que tenga que aplicarse a un menor de edad o que en su caso pueda afectar sus intereses, debiendo la Jueza o el Juez en todo momento, garantizar la protección de las y los menores, así como de los derechos contemplados en la Constitución, Tratados Internacionales y Leyes de la materia.

No obstante lo anterior, existen tres principios que se relacionan con el ya desarrollado y que son: el de no discriminación, opinar en todos los asuntos donde se les afecte, así como la supervivencia, vida y desarrollo. Sobre esos cuatro grandes principios, descansan los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Aquí la pregunta nace, ¿para qué proteger a las y los menores de edad?

Con esta interrogante, justificaré el título de este artículo, es muy trillado oír que  las  niñas y los niños son el futuro de nuestro país, sin embargo, sostengo que las niñas, niños y adolescentes, son el presente de nuestro México, el resultado de buenas o malas decisiones.

Los derechos de las niñas y niños surgen a partir de que son seres humanos, de sus necesidades, de su cuidado y protección especial, para tanto esas necesidades, cuidados y protecciones deben ser reales y actuales, así, el cumplimiento de los derechos de las niñas y niños, genera por consecuencia su bienestar, que consiste en la satisfacción de las necesidades, fisiológicas y psicológicas de las y los menores.

Por consecuencia, las y los menores de edad, los cuales, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento, en otras palabras forman parte de un grupo vulnerable, de ahí que surja la obligación del Estado, de protegerles de una manera tal, que se garantice su desarrollo.

Esto se ve plasmado en la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual fue aprobada como tratado internacional, el 20 de noviembre de 1989, dentro del articulado la citada convención, reconoce que los niños (seres humanos menores de 18 años) son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y social, y con derecho a expresar libremente sus opiniones. Además la Convención es también un modelo para la salud, la supervivencia y el progreso de toda la sociedad humana.

Porque indicar esto, el progreso es un presente constante y no un futo incierto, esto es, nuestra infancia es merecedora de protección, ya que con ella marcamos una evolución social actual o bien un retroceso, así cada país, estado o ciudad, se ve mermada al no genera las condiciones necesarias para proteger y garantizar que las niñas, niños y adolescentes puedan en cada instante gozar de cada uno de sus derechos.

Así, los menores marcan un presente trascendental en la toma de decisiones de carácter administrativa y judicial, son ellos, el motivo de generar políticas públicas idóneas que garanticen, un medio ambiente sano, identidad, nombre, derecho a la educación, familia, salud, alimentación votar, empleo, libertad de expresión ya que los derechos de hoy, son algo que heredaremos a las niñas, niños y adolescentes, con los cuales, se rompe un monopolio que el ser humano mayor de edad ejerce de manera indiscriminada sobre estos derechos y que iguala las condiciones en la exigibilidad de derechos.

Ellos, de manera constante cambian la forma de ver y percibir la realidad social, son ellos los que viven actualmente, una realidad en los efectos de las leyes, ellos no son un futuro, viven en el presente y así, nuestras decisiones deben ser enfocadas hacia ellos y no hacia un futuro, así a pesar de su minoría de edad, se les debe considerar ciudadanos activos.

Por consecuencia, las buenas políticas públicas y respeto de los derechos de los menores, repercute en:

  1. Generar un marco amplió y común de derechos, teniendo el carácter de seculares y universales, y de aplicación obligatoria a todos los niños, no solo a los más visibles, expresivos o receptivos.
  2. Se derriban barreras, recalcando en lo que los niños de distintos países, antecedentes y circunstancias tienen en común, así se fomenta la solidaridad y el respeto mutuo de los derechos.
  3. Se permite al menor expresar su opinión, por medio del uso de un lenguaje común que permite a los niños entender y reclamar sus derechos y, de ese modo, les transmite la fuerza necesaria para expresarse.
  4. Encontramos soluciones eficaces a largo plazo, así las intervenciones tienen un beneficio óptimo para los niños cuando estos desempeñan un papel activo en la evaluación de las necesidades, la propuesta de soluciones, y la formulación y puesta en marcha de estrategias.
  5. Para observar a los derechos del niño como proceso y objetivo, siendo el proceso mismo de consecución del objetivo —la aplicación de los derechos del niño— se sustenta en los principios de los derechos del niño. No se trata solo de ganar, ¡también importa cómo se juega!

Por tanto, encontramos que las y los beneficiarios de esta historia son las niñas, niños y adolescentes y que garantes de los menores, lo somos todos, familia, sociedad, instituciones y estado, siendo necesario sensibilizarnos, de que el futuro de nuestros menores, son en presente y nunca en visión de futuro, es necesario observar la problemática que enfrentan con un prisma particular y es el enfoque de sus derechos, concibiéndoles como sujetos de derechos, pero de derechos especiales y específicos, que en la medida de su aplicación tendrán una repercusión del nacimiento de un estado desarrollado en todas sus esferas, social, económica, política y cultural. Las niñas, niños y adolescentes no son el futuro, son el presente y por ellos, se apuesta, para generar un cambio social.

Por ultimo atendiendo al principio de autonomía progresiva resulta relevante mencionar que la autonomía progresiva es concebida como un principio que habilita las decisiones de las Niñas, Niños y Adolescentes para que puedan tomar sus decisiones. Así puede decirse que a mayor nivel de autonomía tienen más independencia en el ejercicio de sus derechos y menos asistencia de sus representantes legales.

La Corte ha dicho que no pueden establecerse edades fijas para determinar el grado de autonomía, pues el proceso de madurez no es un proceso lineal y aplicable a todas las Niñas, Niños y Adolescentes por igual; finalmente la evolución de la autonomía es progresiva en función de su madurez, del medio social, económico y cultural en el cual se desarrolla, así como de sus aptitudes particulares, en el que es fundamental realizar una evaluación de las características como la edad, nivel de madurez, medio social y cultural. Las particularidades de la decisión; es decir, el tipo de derechos que implica, los riesgos que asumirá, consecuencias a corto y largo plazo, entre otras.

 

Hasta aquí “Justicia y Libertad

 

Abril de 2021.

 

Respetuosamente

M. en D. Carlos Iván Arenas Ángeles

Magistrado y Director de la Escuela Judicial del T S J Morelos.

 

[1] Plan de Acción de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia, 30 de septiembre de 1990.