La Fiscalía Oriente consigue sentencia de 90 años para plagiario

Tribunal de Enjuiciamiento niega beneficio preliberacional

La Fiscalía Oriente consigue sentencia de 90 años para plagiario

Al demostrar fehacientemente la responsabilidad de Ulises Gabriel en el delito de secuestro cometido en contra de siete personas en el Municipio de Totolapan, la Fiscalía Regional Oriente logró condena en su contra por 90 años de prisión, sin el beneficio de alguna preliberación.

Fue el pasado 18 de Junio del año 2017, cuando las víctimas se encontraban en su domicilio ubicado en el Poblado de Ahuatlán en el Municipio de Totolapan, cuando ingresaron al inmueble dos sujetos quienes portaban armas de fuego con las que amagaron a las personas habitantes de la casa.

Los hombres comenzaron a agredir a las víctimas de manera verbal llevándolas a la segunda planta de la casa donde las despojaron de sus prendas, amarrándolas de manos y pies, momento en el que el hoy sentenciado lleva a una de las víctimas a una habitación donde abusa sexualmente de ella.

Los agresores se apoderaron de diversos objetos de la propiedad para posteriormente huir del lugar, dejando amarradas a las víctimas en su domicilio, quienes al lograr liberarse realizaron la denuncia correspondiente ante la Fiscalía Regional Oriente, quien integró la carpeta de investigación correspondiente.

Al obtener la identidad de  uno de los agresores, se obtuvo de un Juez de control una orden de aprehensión en contra de Ulises Gabriel “N”, cumplimentada por Agentes de la Policía de Investigación Criminal (PIC), en el mes de marzo del año 2018, con lo que inició el proceso judicial en su contra, acreditando plenamente la Fiscalía Oriente la responsabilidad en los hechos.

Es así que el Tribunal de Enjuiciamiento emitió sentencia condenatoria en contra de Ulises Gabriel “N” por el delito de Secuestro agravado, imponiendo una sanción de 90 años de prisión y al pago de 16 mil días multa y fijando la cantidad de 450 mil pesos como pago de reparación del daño moral y psicológico a las víctimas, y al pago de la cantidad de nueve mil pesos como reparación del daño material, estableciendo el Tribunal que el sentenciado no tendrá ningún tipo de beneficio preliberacional.