Juristas presionan; Congreso detiene elección de magistrados

La JPyG ¨no necesita esperarse ningún tiempo que le marque otro poder¨: Martínez Bello

Juristas presionan; Congreso   detiene elección de magistrados
El Congreso “no necesita esperarse ningún tiempo que le marque otro poder”, aseveró Pedro Martínez Bello, presidente del Foro Morelense de Abogados.

Juristas de Morelos presionan. Urgieron a los diputados (que integran la 54 Legislatura) emitir la convocatoria para designar a los seis magistrados del Tribunal Superior de Justicia.  

Por tanto, el Congreso “no necesita esperarse ningún tiempo que le marque otro poder”, aseveró Pedro Martínez Bello, presidente del Foro Morelense de Abogados. 

Asimismo, expuso que, en contraste, los 20 legisladores: “pareciera que están aguardando los tiempos… Están prolongándolos… No lo sabemos para qué”. En ese sentido, consideró como “importante” proceder a la emisión del documento correspondiente, a efecto de que “tengamos un Pleno completo” en el Poder Judicial.  

Martínez Bello recalcó que, sobremanera, se tiene que transparentar el proceso de elección. En contrasentido, la presidente de la Junta Política y de Gobierno (JPyG) del Congreso, Ariadna Barrera Vázquez (y coordinadora del grupo parlamentario del Partido Movimiento de Regeneración Nacional), externó que están trabajando en torno al tema: “es una de las prioridades”.  

Ésta ponderó, hace unos días, que también está pendiente la designación de dos comisionados del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística, así como las autoridades de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización. 

Recién, un grupo de jurisconsultos pidió a los legisladores no dar prioridad sólo a quienes tienen conocimientos judiciales.  

Cabe decir que la Ley Orgánica del Poder Legislativo establece que la JPyG posee, entre otras, estas tareas: “(artículo 50)… g) Las designaciones de los Magistrados que integran el Poder Judicial, para lo cual la Junta Política y de Gobierno establecerá los criterios para las designaciones conforme lo establece la Constitución del Estado y esta Ley…”.  

Y, más adelante, se lee: “(precepto *113). - La Junta Política y de Gobierno emitirá una convocatoria pública a la sociedad, a efecto de recibir propuestas para la designación de Magistrados Numerarios y/o Supernumerarios del Tribunal Superior de Justicia. (…) *114.- Para ser designado (…) es necesario cumplir con los requisitos establecidos en la Constitución del Estado, esta Ley y la convocatoria que al efecto se expida. El incumplimiento de dichos ordenamientos en cualquier etapa del procedimiento será motivo de descalificación del aspirante. En ese caso, el 115 determina las siguientes fases: 

“I.- Convocatoria, integración de los expedientes de los aspirantes, y presentación de un ensayo científico de contenido jurídico; II.- Comparecencia personal de los aspirantes ante la Junta Política y de Gobierno. III.- Dictamen con la lista de aspirantes a Magistrados para aprobación por el Pleno del Congreso”.