Confirma SCJN invalidez en intento de cambio electoral

Los ministros marcaron un ¨precedente¨ contra la ¨incertidumbre¨ y a favor del ¨principio de certeza¨
Se refuerza el rechazo jurídico, dice Israel Yudico, dirigente del Partido Socialdemócrata en Morelos

Confirma SCJN invalidez en intento de cambio electoral

La invalidez del decreto 690 (que reformaba y derogaba disposiciones del código electoral y de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia), dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), posee un espíritu jurídico, mas no el “político” que emergió del Constituyente (36 ediles) que ya había rechazado las modificaciones.  

Así lo aseguró Israel Yudico, dirigente del Partido Socialdemócrata. Éste adujo que, en síntesis, el consenso del Congreso del estado, en ese entorno y momento, fue “… fuera del término que permite la ley y la propia Constitución”. De esta forma, los ministros marcaron un “precedente” contra la “incertidumbre” y a favor del principio de “certeza” en la justa comicial que está en marcha (cuyo veredicto habrá de renovar las cámaras de diputados federal y local, así como los ayuntamientos de la entidad). 

Antes, en un comunicado (188/2020), el máximo tribunal consideró que con ese documento (publicado en el periódico oficial “Tierra y Libertad”, el ocho de junio pasado) “… se violó el artículo 105, fracción II, penúltimo párrafo, de la Constitución Federal, donde se establece que las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos 90 días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse y que, durante el mismo, no podrá haber modificaciones legales fundamentales…”. 

Asimismo, determina que, a fin de no crear un “vacío jurídico”, el Pleno de la SCJN decretó la “reviviscencia de la legislación anterior”, lo que significa que será “aquélla la que se aplique al proceso electoral en curso”. 

Al final, se lee lo siguiente (sustento): “acciones de inconstitucionalidad 139/2020 y sus acumuladas 142/2020, 223/2020 y 226/2020, promovidas por los partidos políticos Socialdemócrata de Morelos, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano”. Es decir, se especifica que, a partir de ahí, emanó la controversia: “… demandando” la inutilidad del decreto citado (en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género y paridad; ambas, de Morelos). 

Al final, Yudico externó que la Corte dispuso “reglas claras”, lo cual era necesario, en función de que esta reforma “no pasó” porque así lo “decidieron”, en un primer momento, los “presidentes municipales”. Ésta, adujo, “no era adecuada” a la Carta Magna, en suma.

 

Un retroceso: Instituto de la Mujer

Como un retroceso para el avance de los derechos de las féminas consideró el Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos lo determinado este lunes por la Corte. En un comunicado, estableció que las modificaciones que se pretendían otorgaban derechos: “la invalidez misma afecta el orden público e interés social de las mujeres en el Estado de Morelos”, se lee en el texto.