¡Cállate los Ojos! - Cómo registrar una Obra Artística o Literaria

Lina Ma. Pastrana en Cultura

¡Cállate los Ojos! - Cómo registrar una Obra Artística o Literaria

Para todos los autores que se desenvuelven en las diferentes áreas del mundo creativo, es necesario que conozcan cuáles son sus derechos y de qué forma pueden proteger su obra. Es por eso que, en esta ocasión acudimos a la Ventanilla del Instituto Nacional del Derecho de Autor para preguntarle al Licenciado Víctor Castillo sobre este tema.

— Lic. Castillo sé que anteriormente si algún autor necesitaba realizar el registro de su obra era necesario acudir a la Ciudad de México. ¿Desde qué fecha el trámite de registro se puede realizar en Cuernavaca?

— Este trámite comenzó a realizarse en nuestra Ciudad a partir del año 2003.

— Nos puede decir ¿Qué tipo de material es el que podemos registrar en las oficinas del INDAUTOR?

— El trabajo artístico e intelectual abarca varias ramas. Se pueden registrar obras literarias, musicales con o sin letra, Dramáticas, de Danza, Pictórica, Dibujo, Escultórica, de carácter plástico, Caricatura, Historieta, Arquitectónica, Cinematográfica, Audiovisual, Programa de Radio, Programa de Televisión, Programa de Cómputo, Fotográfica, Arte aplicado y Bases de datos. Además, en la ventanilla también es posible solicitar los trámites referentes a la Reserva de Derechos y al Uso Exclusivo.

— ¿Cuáles son los requisitos que se deben cubrir para solicitar el registro?

— Sólo debe pagar en cualquier institución bancaria la cantidad de $263.00, llenar su formato de solicitud de registro y adicionalmente, traer dos ejempla       res de la obra que vaya a registrar. El formato de pago y de registro se pueden descargar de la página oficial del INDAUTOR: www.cultura.indautor.gob.mx.

— ¿En qué formatos se presenta la obra y cuál es el procedimiento que debemos seguir?

— El formato es libre, puede ser impreso o bien, en formato digital únicamente en dos discos compactos. El procedimiento es el siguiente: El autor o autora deberán traer sus obras por duplicado a la ventanilla, la cual las envía a INDAUTOR y en un plazo aproximado de 30 días hábiles, obtendrán una respuesta, ya sea el Certificado de Registro Público de Derecho de Autor o bien, la respuesta que, de acuerdo a la ley, emita en su oportunidad el INDAUTOR.

— Si una obra ha sido creada por más de un autor, ¿es posible registrarla?

— Sí, sería una obra realizada por varios autores o bien, es una obra en coautoría. Sólo hay que tomar en cuenta que cuando una obra está realizada por varias personas el porcentaje de participación autoral debe sumar 100%. Para fines de registro autor o coautor es lo mismo.

— ¿Por qué es importante que los autores tengan la disciplina de registrar su trabajo?

— ¡Mire! cuando una persona realiza un registro de obra ante el INDAUTOR primeramente, obtiene el reconocimiento que le brinda el estado mexicano a través del INDAUTOR, es decir se reconoce, qué persona física es autor, qué persona física o moral es el titular de los derechos patrimoniales, el tipo de obra, su nombre. Adicionalmente el autor o autores obtienen asesoría legal, estamos hablando de protección legal en caso de algún intento de plagio, uso indebido, venta ilegal de alguna obra, etc.

Y finalmente - ¿En dónde se les puede contactar para realizar el trámite?

— Nuestro correo es delegación.mor@nube.sep.gob.mx o bien, al conmutador de la SEP: 0155 36002511 ext. 71505.

— Lic. Víctor Castillo le agradezco la información que nos ha dado y que definitivamente le será útil a todas esas personas creativas que desean tener en orden su trabajo.

Además, es importante recordarles a nuestros lectores que, este patrimonio intelectual y artístico es posible heredarlo en un testamento a nuestros familiares. Quienes podrán explotarlo a lo largo de 75 años después de la muerte del Autor.

 

linapastranautora@gmail.com

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